Seguro que los administradores pueden responder mejor, pero sí, tanto en la náutica de recreo como en la marina mercante, cualquier persona que esté desarrollando una actividad comercial (trabajando a bordo) tiene que tener al menos el Formación Básica en Seguridad y añadirlo al título de recreo (PER, PY o CY) para obtener las "habilitaciones anejas". Tienen las limitaciones del título náutico y las propias de estas habilitaciones.
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