Curso Oficial de Protección del Buque en Motril.
El Real Decreto 1617/2007, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para la mejora de la protección de los puertos y del transporte marítimo, establece en su artículo 6-4.º que corresponde a la Dirección General de la Marina Mercante verificar la formación de los Oficiales de Protección de los Buques y los Oficiales de la Compañía para la Protección Marítima. A tales efectos le corresponde aprobar los programas de formación, las condiciones de homologación y control de los centros de formación y las condiciones de obtención de los certificados de especialidad de Oficial de Protección del Buque y de Oficial de la Compañía para la Protección Marítima. Ser mayor de edad, 18 años o 16 con permiso paterno.
Poseer un título profesional de la Marina Mercante que permita enrolarse como capitán, jefe de máquinas, oficial de puente, oficial de máquinas u oficial radio-electrónico, o de un título académico que sea requisito para la obtención de un título profesional que otorgue atribuciones para el enrole en los puestos citados.
A cada alumno se le entregara el material necesario para la realización del curso ya sea material individual o material colectivo de uso común.
El curso es presencial y sólo se permite faltar el 10% de las horas teóricas. Además, la parte práctica deberá completarse en su totalidad.
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